
La agricultura en el Perú ha sido por mucho tiempo una actividad informal, es decir, que se realizaba sin contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado ni una licencia de uso de agua, por ejemplo.
Sin embargo, se ha tenido un crecimiento impresionante durante las últimas décadas. De acuerdo al Banco Mundial, el desarrollo agrícola en el país tuvo un crecimiento de 3.3 por ciento en promedio entre 2000 y 2015, y actualmente está experimentando un crecimiento aún mayor.
Este crecimiento se ha enfocado principalmente en la costa, donde grandes explotaciones agrícolas producen cultivos como espárragos, uvas, cítricos, paltas, mangos, pimientos, entre otros, destinados a los mercados de exportación.
Debido en gran medida a la búsqueda de financiamiento en entidades bancarias nacionales o extranjeras o a las exigencias de los mercados internacionales, las empresas agroexportadoras vienen realizando muchos esfuerzos por regularizar sus actividades y obtener su instrumento de gestión ambiental y otras licencias requeridas para el desarrollo de sus actividades. Pero existen otros titulares agrícolas que aún no han iniciado este esfuerzo.
En esa línea, el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, Decreto Supremo Nº 019-2012-AG, permitió que los titulares de actividades que se encontraban en operación o se hayan iniciado con anterioridad a la vigencia de dicho Reglamento, antes del 14 de noviembre del 2012, pudieran adecuarse a las nuevas exigencias ambientales.
Sin embargo, las actividades que se han regularizado aún son insuficientes, existiendo muchas más que requieren hacerlo. Esto lo recoge la exposición de motivos del proyecto de Reglamento de Protección y Gestión Ambiental del Sector Agrario (Resolución Ministerial Nº0446-2018-MINAGRI) al señalar que, considerado la cantidad de aprobaciones de Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios al SEIA (PAMA – DAAC) otorgadas a partir del 15 de noviembre del año 2012, aún no se han logrado adecuar ni al del 30% de titulares que realizan actividades de competencia del Sector Agrario.
Por ello, reconociendo la situación actual del sector agrario, es indispensable para la adecuada gestión ambiental del país y el uso racional de nuestros recursos naturales que se permita la regularización de las actividades iniciadas no solo con anterioridad al 14 de noviembre del 2012 sino también las posteriores. El proyecto de Reglamento de Protección y Gestión Ambiental del Sector Agrario, publicado en noviembre del 2018, recogía esta posibilidad, sin embargo, aún no ha sido aprobado. Esta necesidad aún se encuentra vigente por lo que debería de retomarse esta iniciativa. No olvidemos que el no contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado impide obtener otras licencias, permisos o autorizaciones ambientales, tal como es el caso, por ejemplo, de la licencia de uso de agua.
